124 - Reducir el impacto de la pesca sobre la biodiversidad marina

124 - Reducir el impacto de la pesca sobre la biodiversidad marina

Versión más reciente en este idioma: Versión para votación electrónica | Publicado en: 02 Oct 2021

CONSCIENTE de que la salud de los océanos depende del buen estado de la biodiversidad;

TENIENDO PRESENTE que el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 14 reconoce la importancia de la conservación y el uso sostenible de los océanos;

PONIENDO DE RELIEVE que la pesca puede ejercer una influencia directa considerable y creciente sobre la biodiversidad;

PROFUNDAMENTE PREOCUPADO por la gran incidencia de la gestión inadecuada de la pesca, la sobrepesca, la pesca destructiva, la captura de especies marinas no objetivo y la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, lo cual contraviene el artículo 61 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM);

OBSERVANDO que los efectos negativos pueden recaer no solo sobre los peces y la biodiversidad y tener un alcance mucho mayor, con repercusiones sociales y económicas;

TENIENDO PRESENTE que los efectos de la pesca sobre la biodiversidad están relacionados con realidades como los medios de subsistencia y la cultura y son exacerbados por la corrupción, las violaciones de los derechos humanos, los mercados mundiales y los incentivos perversos;

PROFUNDAMENTE PREOCUPADO porque la Meta 6 de Aichi para la Diversidad Biológica ha sido poco efectiva para frenar los efectos adversos de la pesca sobre la biodiversidad y lograr la recuperación de especies diezmadas;

RECONOCIENDO la labor que realizan la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y otras organizaciones –tales como las organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP), la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y la Convención sobre las Especies Migratorias (CEM)– para promover la pesca sostenible y responsable;

PREOCUPADO por el número cada vez mayor de especies marinas en riesgo de extinción que figuran en la Lista Roja de la UICN de Especies Amenazadas, lo cual podría requerir medidas de la CITES y la CEM;

RECONOCIENDO que la aplicación de la Resolución 6.021 Seguimiento y gestión de la pesca no selectiva, insostenible y no controlada (Hawai‘i, 2016) juega un papel importante en la reducción de los efectos de la pesca;

PREOCUPADO porque rara vez se aplica el enfoque por ecosistemas en las pesquerías, reconocido en la Recomendación 5.169 Enfoque por ecosistemas en las pesquerías (Jeju, 2012);

CONSCIENTE de que la pesca afecta a miles de especies que se capturan de forma dirigida o accidental, en muchos casos con información científica insuficiente y sin la reglamentación o el control debidos;

OBSERVANDO que la aplicación de la Resolución 6.050 Incremento de la cobertura de áreas marinas protegidas para lograr una conservación efectiva de la biodiversidad marina (Hawai‘i, 2016) para proteger los océanos limitaría considerablemente el impacto de la pesca;

PREOCUPADO porque la conciliación entre la pesca y la conservación requiere un enfoque amplio e integral, incluida la consideración de la pesca a pequeña escala, la pesca artesanal, la pesca realizada por mujeres, la pesca indiscriminada, la pesca destructiva para el hábitat (p. ej., la pesca de arrastre de fondo), la pesca de especies distintas de los peces (p. ej., la pesca de invertebrados o reptiles, la extracción para fines no alimentarios (p. ej., para acuarios o fines medicinales), la pesca viciada por incentivos perversos y la pesca en aguas distantes; y

RECONOCIENDO que la biodiversidad marina también está influenciada por muchos otros factores, tanto antropogénicos como naturales, que no están directamente ligados a la pesca;

El Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN, en su sesión de Marsella, Francia:

1. PIDE al Director General y las Presidencias de las Comisiones que:

a. establezcan en 2021 un grupo de tareas para conciliar la pesca y la conservación que:

i. incluya a todas las Comisiones y Regiones de la UICN;

ii. tenga en cuenta la Antártida y el océano Austral; y

iii. se base en los informes pertinentes de organizaciones afines (p. ej., el Informe especial del IPCC sobre el océano y la criósfera en un clima cambiante;

b. preparen, de aquí a 2022, un análisis de situación científico y técnico relativo a los efectos de la pesca sobre la biodiversidad mediante un taller consultivo y adoptando un enfoque inclusivo que abarque lo siguiente:

i. tipos de pesca diversos (p. ej., a pequeña escala, artesanal, de las mujeres, de los pueblos indígenas, no selectiva, de invertebrados y de gran altura); y

ii. temas diversos (p. ej., gestión espacial, eficacia de los instrumentos jurídicos, incentivos perversos, dependencia económica, bienestar y derechos humanos y efectos del cambio climático); y

c. celebren en 2023 un segundo taller consultivo para examinar los resultados del análisis de situación y proponer políticas a la UICN y las partes encargadas de la aplicación; y

2. RUEGA a todos los Estados y organismos gubernamentales Miembros de la UICN y a las demás autoridades competentes que:

a. establezcan o fortalezcan un ministerio, departamento u otro organismo nacional con el mandato explícito de conservar la biodiversidad marina;

b. se aseguren de que las evaluaciones nacionales de la Lista Roja y los informes nacionales, regionales o mundiales sobre la biodiversidad incluyan a los peces e invertebrados marinos;

c. se aseguren de que toda la gestión de la pesca, incluida la autorización de la pesca de gran altura, sea compatible con la conservación de las especies marinas amenazadas (en toda su área de distribución), los hábitats vulnerables y el bienestar humano;

d. restrinjan las prácticas de pesca destructivas y no selectivas de forma que se respete la Resolución 6.021;

e. se aseguren, al aplicar la Resolución 6.050, de que las áreas marinas protegidas contribuyan a evitar y mitigar los efectos negativos de la pesca sobre la biodiversidad; y

f. eliminen los incentivos perversos a la pesca, incluidos los subsidios perjudiciales.

  • China Biodiversity Conservation and Green Development Foundation [China]
  • Coastal Oceans Research and Development - Indian Ocean (East Africa) [Kenya]
  • Endangered Wildlife Trust [South Africa]
  • Natural Resources Defense Council [United States of America]
  • Nature Seychelles [Seychelles]
  • Noé [France]
  • PROVITA [Venezuela]
  • SANCCOB (Southern African Foundation for the Conservation of Coastal Birds) [South Africa]
  • SHARKPROJECT Germany e.V. [Germany]
  • South African Association for Marine Biological Research [South Africa]
  • SYLVIA EARLE ALLIANCE (DBA MISSION BLUE) [United States of America]
  • The Royal Marine Conservation Society of Jordan [Jordan]
  • Wildlands Conservation Trust [South Africa]
  • Wildlife ACT Fund Trust [South Africa]
  • World Wide Fund for Nature - South Africa [South Africa]

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