067 - Reducir los impactos del sector minero sobre la biodiversidad
067 - Reducir los impactos del sector minero sobre la biodiversidad
REAFIRMANDO la Resolución 6.053 Protección de los entornos costeros y marinos de los residuos de la minería (Hawai‘i, 2016);
PREOCUPADO por el aumento significativo de la demanda de recursos minerales en todo el mundo, principalmente de las industrias como la construcción, el transporte y la defensa, pero también para la producción de energía y los sectores de las tecnologías de la información y comunicación y agroalimentarios, lo que representa una amenaza para los ecosistemas terrestres, de agua dulce y marinos y costeros, con una presión cada vez mayor para la exploración de los fondos marinos cuya ecología sigue siendo desconocida en gran medida;
OBSERVANDO que la industria minera y del metal representan el 30% del tráfico marítimo internacional y el 8-10% del consumo mundial de energía, en un contexto de calentamiento global drástico, y que la combustión de combustibles fósiles es una de las principales causas del aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero;
CONSCIENTE de que se considera que la industria minera es una de las de mayor impacto sobre la naturaleza debido a los graves perjuicios que causa para los ecosistemas, y de que la rehabilitación de los sitios explotados debe mejorarse y ser llevada a cabo de forma sistemática;
OBSERVANDO la rarefacción progresiva de yacimientos ricos y fácilmente explotables y, por consiguiente, la disminución constante de la ley de mineral en las secuencias de explotación, conduce a una ampliación de los límites físicos (zona geográfica, profundidad) y tecnológicos (por ejemplo, lixiviación, minería de remoción de cima) de los proyectos y en un aumento de las amenazas e impactos sobre los sistemas socioecológicos;
OBSERVANDO que el mercado de muchos productos mineros también abarca otras industrias, tales como la de las energías renovables, que pueden reducir el impacto antropogénico sobre el clima, y que la recuperación de recursos, las nuevas tecnologías orgánicas y otras, así como la sustitución de productos, pueden reducir esa demanda;
OBSERVANDO los graves peligros relacionados con algunas prácticas, tales como las prospecciones sísmicas, el vertido de residuos mineros en los medios fluviales, lacustres y marinos, o el almacenamiento de residuos en las presas de relave, y recordando que desde el año 2000 se han producido más de 50 fallos de presas, con consecuencias graves y duraderas para las personas y para el medio ambiente; y
CONSIDERANDO que la explotación de los recursos minerales, de los que depende la humanidad actualmente, puede causar efectos perjudiciales graves para el medio ambiente, los trabajadores y las comunidades locales;
1. ENCOMIENDA al Programa de derecho ambiental de la UICN que elabore orientaciones sobre legislación y regulaciones para la eliminación progresiva de la minería de combustibles fósiles y la merma del impacto de la minería, incluyendo la exploración, la extracción y el tratamiento, que puedan ser adoptadas por las autoridades;
2. INSTA a los Estados a que regulen de manera efectiva las actividades mineras de exploración, extracción y tratamiento en sus territorios, a través de reglamentos internacionales y mediante la aplicación eficaz de la normativa nacional o local;
3. RECOMIENDA un menor consumo de los recursos primarios;
4. PIDE a los gobiernos y las industrias que den prioridad a y adopten las alternativas a la exploración y extracción de materiales vírgenes y prioricen la recuperación de recursos, la reutilización y el reciclado de minerales como fuentes de abastecimiento, así como la sustitución con por materiales renovables, y mejoren la eficacia de las técnicas conexas;
5. INSTA a los Estados a que apliquen el criterio de precaución a la gestión de los riesgos para los ecosistemas terrestres, de agua dulce y bentónicos y para la columna de agua en las fases de exploración, extracción y tratamiento de la minería;
6. INSTA a que se ponga fin a las prácticas que no garanticen la seguridad humana y la protección de la naturaleza a largo plazo como resultado del vertido de residuos minerales en los ecosistemas terrestres, de agua dulce, marinos y costeros, tales como el us de químicos dañinos a fin de proteger a las personas y la naturaleza;
7. INVITA a los Estados y demás autoridades competentes a elaborar y aplicar planes de transición con el fin de reducir la demanda de materiales vírgenes y a reducir y progresivamente eliminar la producción de estos materiales, suministrando, en cambio, materiales recuperados, reutilizados y reciclados, y buscando sustitutos renovables; y
8. ALIENTA a los gobiernos a cooperar en el desarrollo de planes de medio y largo plazo para el abastecimiento y substitución de minerales, teniendo en cuenta las cuestiones relativas a la biodiversidad y el bienestar humano, incluyendo mediante evaluaciones estratégicas ambientales y sociales.