051 - Afianzar el financiamiento para derechos asegurados y ecologías aseguradas
051 - Afianzar el financiamiento para derechos asegurados y ecologías aseguradas
RECONOCIENDO que muchos pueblos indígenas y comunidades locales buscan autogobernar, manejar, cuidar y utilizar de manera sostenible sus territorios y áreas, incluyendo el patrimonio común y los sitios sagrados, y en algunos casos tienen derechos internacionalmente reconocidos para mantener y desarrollar ese manejo, utilización y cuidado;
RECORDANDO la afirmación por parte de la UICN de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y la reafirmación de los derechos y responsabilidades colectivas de los pueblos indígenas y comunidades locales con respecto a la tierra, el agua y los recursos en sus territorios tradicionales, incluso a través de la Resolución 5.094 Respetar, reconocer y apoyar los Territorios y Áreas Conservados por Pueblos Indígenas y Comunidades (Jeju, 2012);
RECORDANDO TAMBIÉN la Resolución 6.072 Habilitar al Mecanismo de Whakatane para que contribuya a la conservación mediante la garantía de los derechos de las comunidades (Hawai‘i, 2016), la cual continúa con una marcada carencia de recursos asignados a ella;
SABIENDO que las organizaciones y autoridades de los pueblos indígenas y las iniciativas de las comunidades locales que contribuyen a los resultados de la conservación reciben una pequeña parte de los fondos destinados a la conservación a escala mundial, a pesar de los significativos resultados de conservación alcanzados bajo la gobernanza, manejo y uso indígenas y de la comunidad;
CONSIDERANDO que anteriores Congresos Mundiales de la Naturaleza han adoptado numerosas Resoluciones reconociendo el papel de los pueblos indígenas y las comunidades locales en la conservación; y
PONIENDO ÉNFASIS en que estamos ante una emergencia mundial climática, de la biodiversidad y ecológica en la que es importante para los pueblos indígenas y las comunidades locales manejar, usar, conservar y mantener sus territorios, y que ello es particularmente efectivo cuando se reconoce la seguridad de la tenencia;
1. PIDE al Director General que trabaje con los Miembros que son Estados y los que no lo son, las Comisiones, las Oficinas Regionales y la Secretaría para:
a. reconocer la importancia del financiamiento para que los pueblos indígenas y las comunidades locales gobiernen, manejen, cuiden y usen de manera sostenible sus territorios y áreas;
b. facilitar el diálogo entre los Miembros que son organizaciones no gubernamentales, organizaciones de los pueblos indígenas y organizaciones gubernamentales sobre cómo movilizar recursos adicionales; y
c. lanzar una movilización de recursos con los donantes para financiar ese cambio destinado a asegurar la tenencia colectiva y los derechos indígenas, en concordancia con la legislación nacional pertinente;
2. PIDE a las Comisiones, en particular a la Comisión de Política Ambiental, Económica y Social (CPAES) y a la Comisión Mundial de Áreas Protegidas (CMAP), que contribuyan a la generación de conocimientos, la recaudación de fondos y el apoyo técnico para asegurar que los fondos de los donantes se reorientan hacia el apoyo a las comunidades para que sostengan sus tierras y sean sostenidas por las mismas;
3. LLAMA a la UICN, a los Estados y a los Miembros para que apoyen actividades para que las comunidades sostengan sus tierras y sean sostenidas por ellas, a través de la conservación basada en derechos efectivos autodeterminados;
4. PIDE a los Miembros que promuevan la cooperación financiera para salvaguardar los medios de subsistencia de los pueblos indígenas, los cuales dependen de la naturaleza y está territorialmente compartidos sobre todo con áreas protegidas; y
5. URGE a los Estados y donantes a asegurar que sus regímenes legales y de financiamiento aseguren las ecologías a través de asegurar los derechos de tenencia de los PICL, en consonancia con la legislación nacional pertinente.